IVA general del 21%: productos y servicios incluidos
El tipo general del 21% es el que se aplica por defecto a todas las operaciones que no tengan un tipo reducido o superreducido expresamente establecido. Es el tipo residual: si no encuentras tu producto o servicio en las listas de tipos reducidos, aplica el 21%.
Ejemplos de operaciones al 21%:
- Servicios profesionales (consultoría, diseño, programación, marketing).
- Electrónica, electrodomésticos, telefonía.
- Ropa y calzado.
- Bebidas alcohólicas y refrescos.
- Tabaco (además de impuestos especiales).
- Cosméticos y productos de belleza.
- Joyería y artículos de lujo.
- Servicios de telecomunicaciones.
IVA reducido del 10%: listado completo
El tipo reducido del 10% se aplica a bienes y servicios de especial relevancia social o económica. Los principales son:
- Alimentos en general (excepto los de tipo superreducido al 4%).
- Agua para consumo humano.
- Hostelería y restauración: servicios de bar, restaurante, catering.
- Transporte de viajeros (avión, tren, autobús, taxi).
- Espectáculos en vivo: teatro, cine, conciertos, circo.
- Reformas de vivienda (mano de obra y materiales, si la vivienda tiene más de 2 años).
- Gafas graduadas y lentillas.
- Alojamiento hotelero.
- Servicios de limpieza de calles y recogida de residuos.
Nota sobre alimentos: La mayoría de alimentos tributan al 10%, pero los alimentos básicos de primera necesidad (pan, leche, huevos, frutas, verduras, cereales, quesos) tributan al 4% superreducido.
IVA superreducido del 4%: bienes de primera necesidad
El tipo superreducido del 4% se reserva para los bienes y servicios considerados de primera necesidad:
- Pan y harinas panificables.
- Leche (natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada).
- Huevos.
- Frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales.
- Quesos.
- Libros, periódicos y revistas (incluidos los digitales desde 2020).
- Medicamentos de uso humano.
- Prótesis, órtesis e implantes.
- Viviendas de protección oficial (primera entrega).
- Vehículos para personas con movilidad reducida.
| Tipo de IVA | Porcentaje | Ejemplos principales |
|---|---|---|
| General | 21% | Servicios profesionales, electrónica, ropa |
| Reducido | 10% | Hostelería, transporte, reformas vivienda |
| Superreducido | 4% | Pan, leche, huevos, libros, medicamentos |
| Exento | 0% | Sanidad, educación reglada, seguros |
Operaciones exentas de IVA
Algunas actividades están exentas de IVA, lo que significa que no se repercute IVA al cliente. Pero cuidado: exento no es lo mismo que "no sujeto". Las principales exenciones son:
- Servicios sanitarios: medicina, odontología, fisioterapia, psicología (cuando son de naturaleza diagnóstica, preventiva o terapéutica).
- Enseñanza reglada: colegios, institutos, universidades y centros autorizados por el ministerio de Educación.
- Servicios financieros y de seguros: operaciones bancarias, contratos de seguros.
- Alquiler de vivienda habitual (no vacacional).
- Servicios postales de Correos (servicio postal universal).
Cuidado con las exenciones: Si tu actividad está exenta, no puedes deducir el IVA soportado en tus compras. Esto puede ser desventajoso si tienes muchos gastos con IVA. Consulta con tu asesor si te conviene renunciar a la exención (en los casos que la ley lo permita).
Cambios recientes en los tipos de IVA
En los últimos años se han producido varios cambios relevantes en los tipos de IVA:
- Aceite de oliva: pasó del 10% al 4% (superreducido) como alimento básico.
- Productos de higiene femenina: bajaron del 10% al 4%.
- Libros y prensa digitales: equiparados al 4% desde 2020 (antes tributaban al 21%).
- Mascarillas y gel hidroalcohólico: tipo reducido durante la pandemia, revertido posteriormente.
- Energía eléctrica: reducciones temporales aplicadas entre 2021-2024, revertidas progresivamente.
Consejo: Los tipos de IVA pueden cambiar con cada Ley de Presupuestos o decreto-ley. Mantente al día con las actualizaciones o usa un software de facturación que los actualice automáticamente.
Cómo configurar tipos de IVA en FactoLegal
FactoLegal viene preconfigurado con los tipos de IVA vigentes en España. Al crear una factura:
- Selecciona el tipo de IVA para cada línea de la factura (21%, 10%, 4% o exento).
- El sistema calcula automáticamente la cuota y el total.
- Si una factura tiene líneas con distintos tipos de IVA, el desglose se muestra por separado en el pie de factura, conforme al RD 1619/2012.
- Puedes configurar un tipo de IVA por defecto para tu actividad y cambiarlo puntualmente cuando sea necesario.
Siempre actualizado: FactoLegal actualiza automáticamente los tipos de IVA cuando se producen cambios legislativos. No tienes que preocuparte de aplicar un tipo que ya no esté vigente.