Epigrafes IAE para arquitectos e ingenieros

Los arquitectos e ingenieros se dan de alta en Hacienda con epigrafes profesionales especificos. La eleccion del epigrafe correcto es importante porque determina la seccion del IAE (profesional vs empresarial) y, en consecuencia, la obligacion de aplicar retenciones IRPF.

Los epigrafes mas habituales son:

Es importante distinguir entre actividad profesional (epigrafes de la seccion 2) y actividad empresarial (seccion 1). Si trabajas como autonomo prestando servicios profesionales, te corresponde la seccion 2, que obliga a aplicar retencion de IRPF en las facturas a empresas.

Honorarios profesionales y facturacion por fases

Un proyecto de arquitectura o ingenieria se desarrolla en varias fases, y es habitual facturar por cada fase completada. Las fases tipicas de un proyecto de arquitectura son: estudio previo, anteproyecto, proyecto basico, proyecto de ejecucion, direccion de obra y liquidacion.

Cada fase puede facturarse de forma independiente con su propia factura. No existe obligacion de esperar al final del proyecto para facturar. De hecho, es recomendable facturar por fases para mantener un flujo de caja saludable.

Los honorarios pueden pactarse como un porcentaje del PEM (Presupuesto de Ejecucion Material), como un precio cerrado por fase o como tarifa horaria. Independientemente del metodo de calculo, la factura debe reflejar la descripcion del servicio prestado, no la formula de calculo interna.

Nota: Desde la liberalizacion de honorarios profesionales (Ley Omnibus 25/2009), los colegios profesionales no pueden fijar baremos de honorarios minimos obligatorios. Los honorarios son libres, aunque los colegios pueden publicar baremos orientativos.

Retenciones de IRPF: cuando y cuanto

Los arquitectos e ingenieros que ejercen como autonomos profesionales deben aplicar una retencion del 15% de IRPF en sus facturas a empresas y otros profesionales. El tipo reducido del 7% esta disponible durante los tres primeros anos de actividad.

La retencion se aplica exclusivamente sobre los honorarios profesionales. Si la factura incluye otros conceptos como gastos repercutidos o dietas, la retencion solo recae sobre los honorarios.

Cuando un arquitecto o ingeniero trabaja a traves de una sociedad profesional (SLP), la factura la emite la sociedad y no el profesional. En este caso, la sociedad tributa por el Impuesto de Sociedades y la factura no lleva retencion de IRPF (excepto si la sociedad tambien tiene la condicion de profesional a efectos fiscales).

IVA en proyectos de arquitectura y obra

Los honorarios de arquitectos e ingenieros tributan al tipo general del 21% de IVA. No existe ningun tipo reducido aplicable a los servicios profesionales de arquitectura o ingenieria, independientemente de que el proyecto sea de vivienda, rehabilitacion o cualquier otro uso.

Es importante no confundir el IVA de los honorarios profesionales con el IVA de la obra. Mientras que las obras de rehabilitacion y renovacion de viviendas pueden tributar al 10% de IVA (cuando se cumplen los requisitos del articulo 91 de la Ley del IVA), los honorarios del arquitecto que dirige esa obra tributan siempre al 21%.

Atencion: Un error habitual es aplicar el 10% de IVA a los honorarios de direccion de obra en una rehabilitacion. Esto es incorrecto: el tipo reducido solo se aplica a la ejecucion material de la obra, no a los servicios profesionales del arquitecto o ingeniero.

Visados colegiales y su tratamiento fiscal

El visado colegial es la verificacion que realiza el colegio profesional sobre la documentacion tecnica del proyecto. Actualmente, el visado es voluntario para la mayoria de trabajos, salvo excepciones recogidas en el Real Decreto 1000/2010.

La tasa de visado que cobra el colegio es un gasto del arquitecto o ingeniero. Si la tasa la paga el profesional, es un gasto deducible de su actividad. Si la paga directamente el cliente, puede tratarse como un suplido en la factura.

En la practica, lo mas habitual es que el profesional pague la tasa del visado y la repercuta al cliente como un concepto mas en su factura. En este caso, la tasa se incluye en la base imponible y tributa con IVA y retencion como cualquier otro honorario.

Fase del proyecto% habitual del PEMIVARetencion
Estudio previo5-10%21%15%
Proyecto basico20-30%21%15%
Proyecto ejecucion20-30%21%15%
Direccion de obra20-30%21%15%
Liquidacion5-10%21%15%

Herramientas de facturacion para estudios tecnicos

Los estudios de arquitectura e ingenieria necesitan un software de facturacion que permita gestionar proyectos de larga duracion con facturacion parcial, controlar los honorarios por fase y cumplir con las obligaciones de Veri*factu.

Las funciones esenciales que debe ofrecer el software incluyen: creacion de presupuestos por fases, conversion de presupuesto a factura parcial, gestion de retenciones profesionales, emision de proformas y cumplimiento automatico de los requisitos de integridad y encadenamiento de Veri*factu.

FactoLegal para estudios tecnicos: Facturacion por fases de proyecto, retenciones automaticas, presupuestos convertibles a factura y registro con huella encadenada y QR segun la Orden HAC/1177/2024.