Obligaciones fiscales de un bar o restaurante

Las obligaciones dependen de la forma jurídica, el régimen fiscal y la actividad. Revisa el alta censal, la facturación, los registros y las declaraciones aplicables con tu asesoría; una sociedad no presenta IRPF por su beneficio empresarial.

El epígrafe del IAE debe corresponder a la actividad concreta. No elijas el de un bar, una cafetería o un restaurante por similitud del nombre: confirma la clasificación en el alta censal.

La estimación objetiva está sujeta a requisitos y límites; no se aplica automáticamente por ser un negocio pequeño. El régimen fiscal tampoco basta para determinar el alcance de las obligaciones del sistema de facturación.

Régimen de módulos en hostelería: Si tributas en módulos, no presentas modelo 130 sino 131. No necesitas llevar contabilidad detallada, pero sí debes conservar las facturas recibidas y los justificantes de los índices declarados (metros, kW, personal).

Factura simplificada vs factura completa en hostelería

Para servicios de hostelería y restauración, el artículo 4.2.e del Reglamento de facturación permite factura simplificada hasta 3.000 euros, IVA incluido, con las exclusiones previstas en ese artículo. El límite general de 400 euros no es el único aplicable.

Una factura simplificada debe contener al menos:

El cliente puede solicitar una factura completa en cualquier momento (con sus datos fiscales, desglose de base e IVA). Estás obligado a emitirla si te la piden, especialmente empresas y autónomos que necesitan deducir el gasto.

Obligación de facturar: El incumplimiento se regula en el artículo 201 de la LGT. No existe en ese precepto una multa general de 150 euros por ticket omitido: la sanción depende del supuesto y del importe de las operaciones.

TPV y requisitos del software de facturación

El TPV (Terminal Punto de Venta) es el corazón de la facturación en hostelería. Con Veri*factu, el software del TPV debe cumplir los requisitos técnicos del RD 1007/2023: generación de huella SHA-256, encadenamiento de registros y código QR verificable.

Comprueba el ámbito y las exclusiones del RD 1007/2023. El calendario vigente exige adaptación antes del 1 de enero de 2027 para los obligados del artículo 3.1.a y antes del 1 de julio de 2027 para los restantes del artículo 3.1. Consulta la disposición final cuarta.

Los TPV conformes a Veri*factu deben:

Veri*factu en hostelería: qué cambia

Para un bar que emite 200 tickets al día, Veri*factu supone un cambio técnico importante pero transparente para el hostelero. El software del TPV se encarga de todo: genera huellas, encadena registros y estampa el QR. El camarero no nota diferencia al cobrar.

Lo que sí cambia es que ya no es posible "borrar la Z" ni eliminar tickets del sistema. Cada registro queda grabado de forma inmutable. Si un cliente devuelve un plato o hay un error, la corrección se hace mediante un registro de anulación o factura rectificativa, nunca borrando el original.

Para los restaurantes que operan como sociedad (SL), la obligación entra en vigor el 1 de enero de 2027. Para autónomos con bar propio, el 1 de julio de 2027.

IVA en restauración: tipo general y excepciones

Los servicios de restauración (comidas y bebidas consumidas en el establecimiento) tributan al 10% de IVA (tipo reducido). Sin embargo, hay excepciones importantes:

ConceptoTipo de IVAObservaciones
Comida y bebida en local10%Servicio de restauración
Comida para llevarSegún producto u operaciónDistinguir entrega de bienes de servicio de restauración
Bebidas alcohólicas para llevar21%Entrega de bienes, tipo general
Alimentos para llevarSegún productoComprobar los supuestos del artículo 91 de la Ley del IVA
Máquinas de vendingSegún productoNo aplicar 21% de forma indiscriminada
Catering para eventos10%Si incluye servicio de personal

Propinas: Las propinas voluntarias del cliente no forman parte de la base imponible del IVA (no se facturan). Si el restaurante las cobra como porcentaje obligatorio ("service charge"), entonces sí tributan al 10%.

Cómo configurar FactoLegal para tu negocio hostelero

Antes de elegir FactoLegal para tu establecimiento, comprueba en la demo el tipo de factura que necesitas, los impuestos y la impresión. No presupongas compatibilidad con tu TPV o emisión de tickets simplificados sin verificar el flujo disponible.

El sistema registra cada operación con encadenamiento criptográfico y permite descargar un CSV auxiliar para revisarlo con tu asesor. Ese CSV no es el formato electrónico común XLSX de los libros registro de la AEAT ni sustituye las facturas originales.

Además, el módulo de gastos te permite registrar las facturas de proveedores (distribuidores de bebidas, mercado, suministros) para tener la contabilidad completa y facilitar la declaración trimestral.

Antes de empezar: Prueba una operación representativa, revisa el documento resultante y confirma con tu asesoría los datos y tipos impositivos que corresponden a tu actividad.