Qué dice exactamente la Ley Crea y Crece sobre factura electrónica

La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (conocida como "Ley Crea y Crece") establece en su artículo 12 la obligatoriedad de la factura electrónica en las relaciones comerciales entre empresas y profesionales (operaciones B2B).

El objetivo es doble: reducir la morosidad comercial (al facilitar el seguimiento de facturas y pagos) y aumentar la transparencia fiscal. La ley establece que toda factura entre empresas deberá emitirse, transmitirse y recibirse en formato electrónico estructurado.

Base legal: Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (BOE núm. 234, de 29 de septiembre de 2022), artículo 12. El reglamento de desarrollo está pendiente de publicación definitiva.

Calendario de implantación por tramos de facturación

La obligatoriedad se implantará de forma escalonada según el volumen de facturación anual de la empresa:

TramoFacturación anualFecha prevista
Fase 1Más de 8 millones EUR1 año tras publicación del reglamento
Fase 2Menos de 8 millones EUR2 años tras publicación del reglamento
AutónomosCualquier facturaciónIncluidos en Fase 2

El reglamento de desarrollo aún no tiene fecha definitiva de publicación, por lo que las fechas concretas pueden variar. Lo que es seguro es que la obligación llegará y que las empresas más grandes serán las primeras en adaptarse.

Formatos aceptados: Facturae, UBL, CII

La ley prevé aceptar múltiples formatos de factura electrónica estructurada:

El receptor no podrá rechazar una factura electrónica por estar en cualquiera de estos formatos. Además, se contemplan plataformas de intercambio ("soluciones interoperables") que actuarán como intermediarios entre emisor y receptor.

No confundir: Un PDF enviado por email NO es una factura electrónica a efectos de la Ley Crea y Crece. La factura electrónica debe ser un fichero estructurado (XML) procesable por máquinas, no un documento visual.

Diferencias con Veri*factu: ¿son lo mismo?

No. Veri*factu y la factura electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece son dos obligaciones diferentes, aunque complementarias:

En la práctica, necesitarás cumplir ambas: un software conforme a Veri*factu que además pueda generar y recibir facturas en formato electrónico estructurado.

Impacto en autónomos y microempresas

El mayor impacto recaerá en los autónomos y microempresas que actualmente no utilizan software de facturación. Para ellos, la transición implica:

  1. Adoptar un software de facturación conforme a Veri*factu y capaz de emitir factura electrónica.
  2. Aprender a gestionar la recepción de facturas electrónicas de sus proveedores.
  3. Integrar la factura electrónica con su contabilidad y declaraciones fiscales.

La buena noticia: los software modernos como FactoLegal simplifican todo esto en una sola plataforma, sin necesidad de conocimientos técnicos.

Cómo preparar tu negocio desde ahora

Aunque el calendario exacto depende del reglamento pendiente, hay pasos que puedes dar ya para no tener que improvisar:

Con FactoLegal: emites desde hoy con huella encadenada y QR según el formato de la Orden HAC/1177/2024, y podrás exportar en Facturae 3.2.2 cuando la Ley Crea y Crece entre en vigor. La remisión automática a la AEAT está en validación.